INSPECCIONES TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES ITSE
Son necesarias para que un establecimiento pueda obtener su licencia de funcionamiento, es necesario que pase por una inspección técnica de seguridad en edificaciones -ITSE.
Una inspección técnica es la evaluación de las condiciones de una edificación en la que se analizan la vulnerabilidad e implementación de esta. La finalidad es la de proteger la vida de las personas.
Esta inspección asegura la prestación de los servicios al público bajo los estándares de calidad y salvaguarda la vida de las personas que habitan, concurren y laboran en el lugar. En la inspección se realizan las siguientes actividades:
- Evaluación del riesgo.
- Evaluación de las condiciones de seguridad de la edificación.
- Verificación de la implementación de las medidas de seguridad.
- Análisis de la vulnerabilidad.
- Elaboración de la Política y Objetivos.
- Elaboración de IPERC y Matriz de Riesgos.
- Elaboración de Procedimientos de Trabajo.
- Actas de Comité de Seguridad
- Capacitaciones e inspecciones
- Asesoría en el cumplimiento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo en llevar acciones que estén alineadas con dicha implementación y que representen acciones previas a una futura Certificación internacional.
¿QUÉ LOCALES NECESITAN INSPECCIONES TÉCNICAS?
Cualquier establecimiento donde se realicen actividades económicas, también colegios, hospitales y centros de salud.
¿QUÉ VERIFICA UN INSPECTOR?
Las inspecciones técnicas reducen la vulnerabilidad hacia el riesgo eléctrico, el riesgo de colapso, incendio, el riesgo de caídas, o cualquier otro que se podría ocasionar durante la actividad que se desarrolla en la edificación.
Este incluye la ley del SINAGERD, la Ley General del Procedimiento Administrativo, TUPA Estandarizado PCM, Normas de PRODUCE, Ley General del Procedimiento Administrativo y otras relacionadas.
Es la autorización, otorgada por la Municipalidad, para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado, estas se regulan por la Ley 29090, de Licencia de Edificación y Habilitaciones Urbanas. Esta puede ser por varias funciones o giros, siempre que estos sean afines o complementarios entre sí, de acuerdo a los lineamientos del Ministerio de Producción.
La licencia de funcionamiento toma dos aspectos principales para su otorgación: la zonificación y la compatibilidad de uso. La Municipalidad mapea su territorio y establece dónde va a desarrollar cada actividad (Residencial, Vivienda – Taller, Industrial, Comercial, entre otras)
Otro aspecto son las condiciones de seguridad y es aquí donde entran las ITSE. La ley Marco de Licencias de funcionamiento establece que, para emitir la licencia a una edificación con riesgo bajo o medio, la Municipalidad tiene un plazo de 4 días para otorgar, y posteriormente la Municipalidad debe realizar la inspección técnica. Para una edificación con riesgo alto o muy alto, el plazo máximo para la emisión es de hasta 10 días hábiles.
Todo establecimiento donde se realizará una actividad económica de comercio, industria y/o servicios y entidades que forman parte de la actividad empresarial del Estado. Estos necesitan también inspección técnica.
Las Instituciones o dependencias del Gobierno nacional, regional o local por los establecimientos destinados al desarrollo de las actividades propias de su función pública. Al igual que Instituciones de cualquier credo religioso, establecimientos destinados exclusivamente a templos, monasterios, conventos o similares. No requieren licencia de funcionamiento, pero sí inspección técnica.
Las edificaciones estratégicas o reservadas por seguridad y defensa nacional, embajadas y sedes de organismos internacionales no requieren ni licencia ni inspección. Sin embargo, requieren un compromiso de mantener las condiciones de seguridad.
El Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones regular los aspectos técnicos y administrativos referidos a:
-Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE).
-Evaluación de las condiciones de seguridad en los espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ECSE).
-Visita de Inspección de Seguridad en Edificaciones (VISE).
-Renovación del certificado de ITSE
A diferencia de los 5 reglamentos anteriores, regulados por otras instituciones como INDECI o CENEPRED, el nuevo reglamento está regulado por el Ministerio de Vivienda, simplifica la labor administrativa e incorpora la gestión de riesgos.
¿Qué es un inspector técnico de seguridad en edificaciones?
Es el profesional autorizado para ejecutar la ITSE, la ECSE y la VISE y que se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones – RITSE.
RITSE es la relación de Inspectores Técnicos de Seguridad en Edificaciones autorizados por VIVIENDA, de acuerdo a lo establecido en el Nuevo Reglamento.
Actualmente existen 1,285 inspectores autorizados. De estos 277 son inspectores básicos, autorizados para ejecutar ITSE de nivel de riesgo bajo o
medio. Y 1088 inspectores especializados, autorizado para ejecutar ITSE de cualquier nivel de riesgo.
Ejecutor: Ing. Mario Cabrera Plasencia, registro CIP N° 152532
Ingeniero Químico, colegiado y habilitado por el Colegio de Ingenieros del Perú.